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FONDO DE PROTECCIÓN
 
 
UNAGRA S.A. de C.V. SFP, hace del conocimiento del cliente, que en términos de la Ley de Ahorro y Crédito Popular y las reglas aplicables, única y exclusivamente estarán garantizados por el Fondo de Protección  tendrá como fin primordial, procurar cubrir los depósitos de dinero de cada ahorrador, hasta por una cantidad equivalente a veinticinco mil UDIS, por persona física o moral, cualquiera que sea el número y clase de operaciones a su favor y a cargo de UNAGRA S.A. de C.V. SFP.

El Fondo de Protección cubrirá el principal y los accesorios de los depósitos de dinero objeto de cobertura conforme a la Ley de Ahorro y Crédito Popular, descontando el saldo insoluto de los préstamos o créditos con respecto de los cuales sea deudor el propio ahorrador y hasta por el límite que la Ley establece, por lo que para efectos de la compensación, dichos préstamos o créditos vencerán de manera anticipada.

 El pago de los depósitos se realizará en moneda nacional, por lo que la conversión del monto denominado en UDIS se efectuará utilizando el valor vigente de la citada unidad en la fecha en que se cubra el pago correspondiente.

En caso de que un ahorrador tenga más de una cuenta en UNAGRA S.A. de C.V. SFP y la suma de los saldos de aquéllas excediera la cantidad señalada en la Ley, el Fondo de Protección únicamente procurará cubrir dicho monto de cobertura, dividiéndolo a prorrata entre el número de cuentas.